
El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Miguel Eduardo Vázquez Plaza, sometió a proceso y a prisión preventiva a Jorge Luis Chovan Gahona, en calidad de encubridor del delito consumado de homicidio calificado de José Tohá González. Ilícito perpetrado en marzo de 1974, en el antiguo Hospital Militar de la ciudad.
En la resolución (causa rol 2.182-1998), el ministro Vázquez Plaza estableció que en el proceso existen antecedentes suficientes, incluida la declaración del exmilitar y ayudante del director del hospital castrense a la época de los hechos, para estimar que le ha cabido participación, en calidad de encubridor, en el delito de homicidio calificado del ministro de las carteras de Interior y Defensa del gobierno de Salvador Allende.
Con los antecedentes probatorios recopilados en la etapa de investigación de la causa, el ministro en visita dio por legalmente justificados, en esta etapa procesal, los siguientes hechos:
"a) Que, José Tohá González, ex Ministro del Interior y de Defensa del gobierno de Salvador Allende Gossens, fue detenido el 11 de septiembre de 1973, llevado al Ministerio de Defensa, trasladado a la Escuela Militar y unos días después enviado, junto a otros personeros del gobierno depuesto, a la ciudad de Punta Arenas, desde donde fueron llevados al campo de prisioneros que se instaló en la isla Dawson;
- b)Que, durante su permanencia como prisionero político en la isla Dawson, José Tohá González fue trasladado hasta el hospital de las Fuerzas Armadas de Punta Arenas debido a su deteriorado estado de salud, lugar en el que pudo ser visitado por su cónyuge. Desde ahí fue nuevamente llevado hasta la isla Dawson;
- c) Que, a fines de enero o principios de febrero de 1974, fue requerido por el fiscal de la Fiscalía de Aviación en el marco de la investigación Rol N° 1-73 del Juzgado de Aviación, por lo que fue trasladado, junto a otros detenidos, hasta esta ciudad de Santiago, siendo conducido a la Academia de Guerra Aérea, desde donde fue llevado al Hospital de la Fuerza Aérea por su estado de salud;
- d) Que, los primeros días del mes de febrero de ese año, José Tohá González fue trasladado hasta el Hospital Militar de Santiago, lugar en el que se le mantuvo en calidad de detenido incomunicado, en la habitación 303, en un sector del hospital ubicado en el tercer piso donde estaban los detenidos por razones políticas. Ese sector estaba separado del resto del hospital, con una guardia permanente de conscriptos que provenían de la Escuela de Caballería de Quillota y un cabo enfermero, siendo monitoreado por la sección de Seguridad del referido hospital al mando de un oficial de Inteligencia y un auxiliar, quienes visitaban a los prisioneros periódicamente. En dicho sitio, José Tohá González fue interrogado por el fiscal de aviación, además de ser trasladado en más de una oportunidad a la Academia de Guerra Aérea para ser interrogado, periodo en el cual fue víctima de actos crueles y degradantes, a pesar de su menoscabado estado de salud. Antecedentes que obran en autos y testigos del proceso han sido contestes en establecer que la víctima estaba en un evidente estado de desnutrición, pesaba alrededor de 49 kilos y medía 1,92 metros de estatura.
- e) Durante todo el tiempo en que estuvo privado de libertad por decisión de la autoridad militar de la época, a José Tohá González no se le instruyó proceso ni se le formuló cargo alguno;
- f) Que, el día viernes 15 de marzo de 1974, alrededor del mediodía, en circunstancias que uno de los soldados conscriptos le fue a dejar el almuerzo a su habitación, lo encontró muerto, con su cuello unido con un cinturón de 90 centímetros a una cañería que pasaba por el interior del closet de su pieza, en suspensión incompleta, con su brazo derecho apoyado sobre una de las repisas del closet de la habitación, con sus pies flectados sobre el piso;
- g) Que, el soldado conscripto dio aviso de lo sucedido al cabo enfermero que estaba de turno ese día, el que acudió a la dirección del hospital para dar cuenta a sus superiores. Se constituyeron en la habitación de la víctima, oficiales de las Fuerzas Armadas, personal de la Brigada de Homicidios, junto a un médico criminalista y peritos fotográficos y planimétricos de la Policía de Investigaciones. Asimismo, acudió al sitio del suceso un fiscal militar que tramitaba causas en tiempo de guerra. A la fe
Fuente: Poderjudicial.cl / Fecha de Publicación: Lunes 15 de febrero de 2021